Los valores devengados de la nómina son:
· Salario básico mensual, asignado en el contrato de
trabajo.
· El recargo nocturno si la jornada o parte de ella
se cumple durante la noche.
· Las horas extras diurnas y extras nocturnas.
· Los días dominicales y festivos, como las horas
extras diurnas y nocturnas en dominicales y festivos.
· El auxilio de transporte, tiene la naturaleza de un
auxilio económico con destinación específica y por mandato de la ley se debe
incorporar al salario única y exclusivamente para efectos de liquidación de
prestaciones.
· Los viáticos de carácter permanente en aquella
parte destinada a proporcionar al trabajador manutención y alojamiento; pero no
es lo que tenga por finalidad proporcionar los medios de transporte o los
gastos de representación. Los viáticos ocasionales no constituyen salario en
ningún caso.
METODOLOGIAS DE LIQUIDACION DE LA NÓMINA
DEFINICIÓN DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN
DE NOMINAS
Es un documento de carácter interno en
el cual un empleador relaciona salarios, deducciones, valor neto a pagar,
aportes parafiscales y apropiaciones de los trabajadores que han laborado en un
periodo determinado, ya sea por una semana, quincena o mes.
VALOR DEVENGADO
Está constituido por las sumas que el
empleador paga al trabajador teniendo en cuenta la legislación y está formado
por los distintos conceptos que constituyen salario.
Puede ser en dinero o en especie
(parcialmente y su equivalente monetario no podrá exceder el 50% de la totalidad del salario.
Si el empleador devenga el mínimo legal, el salario en especie no puede ser
superior al 30% del mismo.
SALARIO
BASICO
Es
la remarcación ordinaria pactada en el contrato laboral de trabajo y sirve de
base para la liquidación del trabajo diurno, nocturno dominicales,
festivos y trabajo extra en días
ordinarios, dominicales y festivos.
VALORES
VIGENTES PARA EL 2015
Salario
Mínimo $644.350
Auxilio de transporte $74.000
Salario mínimo integral $8.376.550 ($6.443.500 salario y $1.933.050 factor prestacional)
Auxilio de transporte $74.000
Salario mínimo integral $8.376.550 ($6.443.500 salario y $1.933.050 factor prestacional)
APORTES
PARAFISCALES:
Sena
2%
ICBF
3%
Cajas
de Compensación Familiar 4%
CARGAS
PRESTACIONALES
Cesantías
8.33%
Prima
de servicios 8.33%
Vacaciones
4.17%
Intereses
sobre las Cesantías 1% mensual
SEGURIDAD
SOCIAL
Salud:
Empresa 8.5 %, empleado el 4%
Pensión:
Empresa el 12%, empleado el 4%
HORAS
EXTRA Y RECARGO NOCTURNO
Hora
Trabajo Nocturno: Hora ordinaria x 1.35
Hora
extra diurna que se realiza entre las 6:00 a.m y las 10:00 p.m: Hora ordinaria
x 1.25
Hora
extra nocturna, comprendido entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m:Hora ordinaria
x 1.75
Hora
ordinaria dominical o festivo: Hora ordinaria x 1.75
Hora
extra diurna en dominical o festiva: Hora ordinaria x 2.00
Hora extra nocturna en dominical o festivo: Hora
ordinaria x 2.50

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